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Martes, 3 de noviembre de 2026
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Voces del Paraná

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Un proyecto en el Congreso buscaría gravar con Ganancias a los CEDEARs desde fines de 2026

La iniciativa elimina la exención vigente para estos certificados y los equipara con la compra directa de activos extranjeros, sin efecto retroactivo sobre las carteras ya armadas.

MB
Marcos BattistellaEconomía y agroindustria · · 2 min de lectura
Un proyecto en el Congreso buscaría gravar con Ganancias a los CEDEARs desde fines de 2026

Un proyecto de ley que se encuentra en tratamiento parlamentario propone aplicar el impuesto a las Ganancias a las operaciones con CEDEARs, certificados que hoy gozan de una exención. La alícuota prevista es del 15% y alcanzaría únicamente a los certificados adquiridos a partir del 31 de octubre de 2026, fecha que la propuesta fija como corte. Quienes ya tienen CEDEARs en su cartera no quedarían comprendidos de manera retroactiva.

Qué son los CEDEARs

Los CEDEARs son certificados que se negocian en el mercado local argentino, pero que representan inversiones en acciones, bonos u otros activos que cotizan en el exterior. Su precio varía en función de la cotización del activo subyacente en su mercado de origen y del valor del dólar financiero. Esas características les permitieron ganar popularidad entre ahorristas e inversores que buscan dolarizar sus carteras sin salir del sistema financiero local.

Qué cambia con la propuesta

Hasta ahora, estos certificados están amparados por la misma exención de Ganancias que se aplica a los valores negociables argentinos. El proyecto modifica ese esquema y adopta el criterio conocido como transparencia fiscal o look-through, según el cual el CEDEAR seguiría el tratamiento impositivo del activo que lo respalda. De este modo, si el activo subyacente estuviera gravado en una compra directa, el certificado que lo representa quedaría alcanzado por el mismo régimen. Los puntos centrales de la propuesta son los siguientes:

  • Alícuota del 15% sobre las operaciones con CEDEARs, según lo informó Sebastián Domínguez, titular de SDC Asesores Tributarios.
  • Aplicación solo a los certificados comprados a partir del 31 de octubre de 2026.
  • Ausencia de retroactividad: las carteras armadas con anterioridad a esa fecha no cambiarían de situación bajo la propuesta vigente.
  • Criterio de transparencia fiscal, por el cual el certificado replica el tratamiento del activo que representa.

La diferencia de trato que el proyecto busca eliminar es concreta. Hoy, quien compra de forma directa una acción extranjera paga Ganancias, mientras que quien accede al mismo activo mediante un CEDEAR puede quedar exento. Con la nueva regla, ambas vías tendrían el mismo costo impositivo. Para el inversor minorista, el impacto dependerá tanto del rendimiento obtenido como del momento en que se realizaron las compras.

Estado del trámite

El proyecto todavía debe ser aprobado por ambas cámaras del Congreso para convertirse en ley. Mientras tanto, el régimen de exención permanece vigente y no sufre modificaciones.

MB
Marcos BattistellaEconomía y agroindustria

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