Una estación de servicio deberá pagar $7 millones por dañar un auto diésel con nafta
El Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergaminoaggi?condenó a una estación de servicio por cargar nafta en un Renault Clio diésel. La sentencia incluye daños materiales, lucro cesante, daño moral y una multa civil.

El Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino condenó a una estación de servicio a abonar $7.010.000, más intereses, por los daños causados a un cliente cuyo Renault Clio diésel recibió nafta en lugar de gasoil. La sentencia, de acuerdo con el estado procesal informado, una condena por daño material, daño moral, lucro cesante y una multa civil.
El expediente se originó el 15 de octubre de 2022, cuando un joven de 26 años se presentó en una estación de servicio de Pergamino, provincia de Buenos Aires. Cargó gasoil por $2.000, pero el empleado despachó nafta por error. Al salir del surtidor, el vehículo falló y se detuvo a pocos metros. El playero reconoció la equivocación.
El automóvil fue trasladdo sin ser encendido hasta un taller cercano. El conductor lo retiró luego de las tareas de revisión, pero el motor volvió a apagarse a menos de una cuadra de distancia y no funcionaó nuevamente. La pericia mecánica yó que la nafta había dañado el sistema de inyección por falta de lubricación.
La pericia y la carga de la prueba
Según el informe pericial, la reparación adecuada exigía vaciar el tanque, limpiar el circuito de combustible y cambiar los filtros. En determinados casos, también resultaba necesario reemplazar los inyectores y la bomba. El tribunal tomó como base para el daño material el presupuesto de reparación validado por el perito.
La empresa negó responsabilidad, cuestionó la documentación y sostuvo que los montos reclamados eran excesivos. El juzgado rechazó esa postura y aplicó el principio de carga dinámica de la prueba. Consideró que la estación estaba en mejores condiciones de explicar lo ocurrido y que no lo hizo.
Para reconstruir los hechos, el tribunal valoró el comprobante de pago, los testimonios recogidos en la audiencia y el informe del perito. De ese modo, pudo determinar que el cliente pidió gasoil, abonó la carga y que el error fue detectado dentro de la propia estación.
- Daño material: $3.500.000, según el presupuesto de reparación validado por el perito.
- Lucro cesante por la imposibilidad de usar el vehículo durante la reparación: $210.000.
- Daño moral: $1.800.000, por las gestiones realizadas, el reclamo ante organismos de defensa del consumidor y la necesidad de llegar a juicio.
- Multa civil por daño punitivo: $1.500.000, con el propósito de desalentar conductas que perjudiquen a los consumidores.
La condena deberá abonarse dentro de los diez días posteriores a la notificación. Los intereses correrán desde la fecha del hecho, con un esquema diferenciado para el daño material. El fallo también se por sus términos, aunque la documentación compartida no detalla el régimen de costas ni la fecha de una eventual audiencia.
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