La Justicia de Neuquén ratificó una multa a un supermercado por el robo de una bicicleta en su playa de estacionamiento
Un cliente dejó su rodado con candado en el lugar habilitado por el comercio y al regresar ya no estaba. El fallo judicial confirmó la sanción de Protección al Consumidor por fallas de seguridad, mientras sigue abierta la causa civil para recuperar el valor de la bicicleta.

Una salida de compras terminó con una denuncia y un expediente judicial que puede servir de referencia para cualquier usuario al que le roben el auto, la moto o la bicicleta en la playa de estacionamiento de un supermercado. En Neuquén capital, un cliente ató su bicicleta con candado en el sector que el propio comercio disponía para esos rodados, entró a hacer las compras y, al regresar, encontró el lugar vacío y el candado cortado. Presentó el reclamo ante la Dirección Provincial de Protección al Consumidor, que imputó al supermercado por fallas en la seguridad de sus instalaciones y le aplicó una multa equivalente a cinco canastas básicas alimentarias, una cifra cercana a los 4 millones de pesos.
El supermercado ejerció su defensa en el expediente administrativo y, cuando la sanción quedó firme, la llevó a la Justicia. El fallo, según lo que difundió el organismo, ratificó la multa tal como había sido impuesta: para el tribunal, habilitar un espacio de estacionamiento y ofrecerlo a los clientes equivale a asumir un compromiso con la custodia de lo que allí se deja, siempre que el usuario haya tomado los recaudos razonables, como ocurrió en este caso.
Cómo funciona la responsabilidad del comercio
La Dirección Provincial de Protección al Consumidor traza una distinción que, en los hechos, funciona como la puerta de entrada y la puerta de salida de un garaje. Los objetos que el cliente lleva consigo dentro del salón, como el celular en el bolsillo o la cartera colgada del hombro, quedan bajo su propia custodia, del mismo modo que cuando uno camina por la calle y nadie responde si se le cae el billetero. En cambio, los bienes que el usuario deja en la playa de estacionamiento que el comercio pone a disposición pasan a estar bajo la responsabilidad del establecimiento, porque ese espacio está delimitado, señalizado y, en muchos casos, vigilado por personal o por cámaras, y por lo tanto puede razonablemente ser controlado por quien lo explota.
- El comercio que ofrece estacionamiento asume una obligación de seguridad sobre los bienes dejados allí por el cliente.
- La cartelería que dice 'no nos hacemos responsables por robos' no tiene valor legal, según el organismo provincial, y puede ser sancionada con una multa adicional.
- Si el damnificado ya tomó los recaudos elementales, como usar candado y dejarlo en el lugar habilitado, la responsabilidad recae sobre el comercio y no sobre el usuario.
- La sanción administrativa funciona como prueba preconstituida en el juicio civil donde se reclama la reposición o el valor del bien.
“Habilitar una playa de estacionamiento y ofrecerla a los clientes genera un compromiso de custodia sobre los vehículos y bienes que allí se dejan.”Dirección Provincial de Protección al Consumidor de Neuquén
El expediente administrativo por la multa ya terminó con la confirmación judicial de la sanción. En paralelo, el damnificado mantiene abierta una causa en el fuero civil para obtener la reposición de la bicicleta o, en su defecto, el resarcimiento económico. Lo resuelto en la sede de Protección al Consumidor no reemplaza a ese juicio, pero funciona como un antecedente técnico con peso probatorio: es la foto tomada antes de que se borrara la escena, y muestra que un organismo oficial, tras verificar los hechos, concluyó que el comercio no garantizó la seguridad de su playa.
Qué falta para que el criterio llegue a todos los rubros
El fallo es un antecedente importante, pero todavía queda un tramo para que se vuelva una práctica cotidiana. Por un lado, los casos aislados dependen de que el damnificado se anime a reclamar y de que el organismo tenga capacidad de fiscalización para verificarlos; por otro, muchos comercios siguen exhibiendo carteles que el propio ente provincial considera inválidos, y la sanción contra ese tipo de cartelería es la que todavía no se aplica de manera uniforme. Mientras no exista un relevamiento activo y penalties automáticas para quienes exhiban ese tipo de avisos, el estándar seguirá dependiendo, en gran parte, de que cada usuario conozca la regla y la haga valer.
Firma: Nahuel Sosa, Tecnología y ciencia.
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