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Viernes, 16 de octubre de 2026
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Voces del Paraná

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Personal doméstico: nuevos mínimos por hora y por mes desde octubre, con subas hasta diciembre

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares fijó incrementos escalonados del 1,7% en octubre y del 1,6% en noviembre y diciembre, y ordenó absorber parte de la suma no remunerativa que se venía abonando por separado.

MB
Marcos BattistellaEconomía y agroindustria · · 2 min de lectura
Personal doméstico: nuevos mínimos por hora y por mes desde octubre, con subas hasta diciembre

El personal de casas particulares percibe desde el 1 de octubre nuevos salarios mínimos, tras la Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, que estableció un esquema de incrementos mes a mes entre agosto y diciembre. Las subas fueron del 1,9% en agosto, 1,8% en septiembre, 1,7% en octubre y 1,6% tanto en noviembre como en diciembre, y alcanzan tanto a la remuneración mensual como al valor por hora, en todas las categorías del régimen.

Comparado con la campaña anterior, el cambio más relevante es la incorporación al básico, desde octubre, del 50% de una suma no remunerativa que se había abonado por separado en agosto. Ese monto oscila entre 8.000 y 20.000 pesos, según la cantidad de horas semanales trabajadas. Traducido: una parte de lo que hasta el mes pasado se pagaba como adicional por fuera del sueldo pasa ahora a integrarse formalmente al salario básico, con el consiguiente impacto en los aportes y contribuciones que se calculan sobre ese piso.

Valores mínimos por hora y por mes según categoría

  • El monto por hora varía según la categoría laboral (Supervisor/a, Personal para tareas específicas, Personal general, Personal con retiro, Personal sin retiro y Asistente personal) y de si la relación contempla retiro o no.
  • Las horas extra en días comunes tienen un recargo del 50% sobre el valor normal; cuando se trabajan después de las 11 de la mañana los sábados, o durante domingos y feriados, el adicional se eleva al 100%.
  • A partir de octubre, la remuneración mensual mínima de un trabajador sin retiro supera los montos vigentes hasta septiembre, luego del 1,7% de incremento y la absorción parcial de la suma no remunerativa.

La normativa contempla además dos adicionales específicos. El primero es un plus por zona desfavorable del 31%, aplicable a las relaciones laborales cuyo domicilio de trabajo se encuentre en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, así como en el Partido de Patagones, en la provincia de Buenos Aires. El segundo es el adicional por antigüedad, equivalente al 1% del salario por cada año trabajado para el mismo empleador, calculado únicamente sobre los años de esa relación laboral particular y no sobre vínculos anteriores.

En términos prácticos, un empleador que liquide haberes este mes deberá aplicar el 1,7% de incremento sobre los valores vigentes en septiembre e incorporar, en el básico, la mitad de la suma no remunerativa correspondiente, respetando la categoría y la modalidad de cada trabajador. Los empleadores domésticos pueden verificar la liquidación y los conceptos aplicados en el recibo correspondiente y, ante diferencias, consultar con el organismo de registración o con su contador de cabecera.

MB
Marcos BattistellaEconomía y agroindustria

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