Salario rural en octubre: el peón general percibe un básico de 1.235.833,53 pesos y suma no remunerativa que totalizan 1.248.298,53 pesos
La escala de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario fija remuneraciones mínimas según categoría, tarea y zona, con subas cercanas al 2,71% frente a septiembre y adicionales por antigüedad, región y actividad específica.

Un básico mensual de 1.235.833,53 pesos percibe el peón general del personal permanente de prestación continua en octubre de 2026, tras el acuerdo alcanzado en la Comisión Nacional de Trabajo Agrario entre la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) y las entidades empleadoras del sector. A ese importe se adiciona una suma no remunerativa de 12.465 pesos, con lo cual la remuneración mínima de bolsillo para esa categoría alcanza los 1.248.298,53 pesos antes de aplicar bonificaciones por antigüedad, zona o tarea.
La actualización respecto de septiembre equivale a un incremento de 32.646,95 pesos en el concepto básico, lo que representa una suba aproximada del 2,71%. Para esta misma categoría, la escala diaria fijada para octubre establece un jornal de 54.368,02 pesos, más 548,37 pesos de carácter no remunerativo. Traducido: se trata de una variación porcentual moderada, alineada con la dinámica de negociaciones paritarias del sector y con un piso salarial que distingue a los trabajadores permanentes de aquellos comprendidos en tareas zafrales o de cosecha.
Adicionales por antigüedad y por zona
La estructura salarial contempla bonificaciones que modifican el ingreso bruto del trabajador. Hasta los diez años de antigüedad, la escala prevé un adicional equivalente al 1% del básico por cada año cumplido. Una vez superado ese umbral, el porcentaje se eleva al 1,5% anual, lo que recompensa la permanencia dentro de la actividad. De forma paralela, los trabajadores comprendidos en el régimen que se desempeñan en las provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur perciben un adicional del 20% calculado sobre las remuneraciones mínimas, en reconocimiento de las particularidades geográficas y climáticas de la región patagónica.
Diferencias por tarea: cosecha, fitosanitarios y otras actividades
La actividad y la categoría ocupacional inciden de manera directa en el monto final. Los tractoristas y maquinistas abocados exclusivamente a la recolección y cosecha de granos y oleaginosas perciben un salario mensual de 1.892.406,17 pesos, más 19.087,40 pesos no remunerativos, con un jornal diario de 83.365,17 pesos y un adicional no remunerativo de 840,85 pesos. En tanto, en aplicación de fitosanitarios, el peón auxiliar tiene un básico de 1.999.956,44 pesos y una suma no remunerativa de 20.172,18 pesos, mientras que quienes conducen equipos autopropulsados perciben 2.890.011,27 pesos de básico y 29.149,55 pesos no remunerativos.
- Peón general (personal permanente continuo): básico de 1.235.833,53 pesos y no remunerativo de 12.465 pesos; jornal de 54.368,02 pesos y 548,37 pesos no remunerativos.
- Tractoristas y maquinistas de cosecha de granos y oleaginosas: básico de 1.892.406,17 pesos y no remunerativo de 19.087,40 pesos; jornal de 83.365,17 pesos y 840,85 pesos no remunerativos.
- Peón auxiliar en aplicación de fitosanitarios: básico de 1.999.956,44 pesos y no remunerativo de 20.172,18 pesos.
- Operadores de equipos autopropulsados en aplicación de fitosanitarios: básico de 2.890.011,27 pesos y no remunerativo de 29.149,55 pesos.
- Operario de campo no calificado en cáñamo: básico de 1.351.719,10 pesos.
- Operario de campo calificado en cáñamo: básico de 1.377.852,55 pesos.
- Operador de riego presurizado en Catamarca y La Rioja: básico de 1.422.831,64 pesos y no remunerativo de 14.351,12 pesos.
Otras producciones también cuentan con escalas propias. En la actividad vinculada al cáñamo, el operario de campo no calificado percibe un básico de 1.351.719,10 pesos, en tanto el operario calificado llega a 1.377.852,55 pesos. Para el operador de riego presurizado de las provincias de Catamarca y La Rioja, la Comisión Nacional de Trabajo Agrario fijó un básico de 1.422.831,64 pesos, más 14.351,12 pesos no remunerativos, con lo cual se reconoce la especificidad de las tareas y de las regiones donde se desarrollan. Por último, al momento de revisar los recibos de haberes corresponde considerar la cuota de solidaridad prevista en el propio acuerdo paritario, que establece una contribución mensual del 2% a cargo de los trabajadores comprendidos en la negociación.
Marcos Battistella, Economía y agroindustria.
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