El TOC N° 29 rechazó las nulidades y el juicio contra Pity Álvarez continuará hasta el veredicto
Los jueces descartaron los pedidos de nulidad y recusación de la defensa y confirmaron que el músico está en condiciones de ser juzgado. Declararán cuatro testigos en la próxima audiencia, prevista para el 16 de octubre.

El Tribunal Oral en lo Criminal N° 29, integrado por Gustavo Goerner, Juan María Ramos Padilla y Hugo Navarro, rechazó en la audiencia N° 13 del debate todos los planteos de nulidad y recusación presentados por la defensa de Cristian Pity Álvarez, quien se encuentra internado en la clínica Solar Colonial de Castelar y atraviesa el proceso bajo la imputación de haber asesinado a Cristian Maximiliano Díaz en 2018.
Los abogados Javier Baños y Sebastián Queijeiro habían solicitado la nulidad del juicio y del dictamen del Cuerpo Médico Forense, que concluyó que el músico comprende el proceso penal en su contra. Los letrados argumentaron que el informe forense fue redactado antes de discutirlo con los peritos de parte y que no se consideraron las evaluaciones de dos instituciones psiquiátricas que describen al paciente como peligroso para sí y para terceros.
La postura de la clínica y la réplica del fiscal
La clínica Solar Colonial también presentó un informe ante el tribunal. En sus conclusiones, la institución desaconsejó en forma rotunda que Álvarez participe de audiencias, interrogatorios o traslados mientras curse su internación, al advertir que esas instancias pondrían en riesgo su estabilidad.
El fiscal general Sandro Abraldes respondió punto por punto los planteos. Citó el informe del CMF, que indica que Álvarez posee las funciones psíquicas compensadas, sin evidencias de alteración y sin cambios respecto del estudio de febrero de 2025, y marcó la diferencia entre la necesidad de tratamiento y la aptitud para comprender el proceso.
“Que necesite tratamiento no significa que no pueda entender lo que sucede y ejercer su defensa.”Sandro Abraldes, fiscal general
La decisión del tribunal
Al resolver, Goerner planteó que revocar lo actuado cuando solo restan testigos de la defensa obligaría a repetir toda la prueba, y recordó que el plazo de prescripción es de doce años, por lo que todavía hay margen. Además, mencionó entrevistas recientes en las que el propio Álvarez habló de su proceso y refirió un aumento de presión arterial al escuchar a los peritos, señal que el juez leyó como prueba de comprensión del debate.
- Fecha: viernes 16 de octubre.
- Ronda de declaración: cuatro testigos propuestos por la defensa.
- Estado procesal: etapa de instrucción y público debate, sin veredicto ni sentencia firmes.
- Continuidad del TOC N° 29 al frente del proceso.
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